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Abogados laboralistas y asesoría laboral en Las Palmas de Gran Canaria

Confianza y especialización en el ámbito laboral.

Las relaciones laborales son un pilar fundamental en cualquier organización. Ofrecemos asesoramiento experto tanto a empresas, para una gestión de personal eficiente y conforme a la ley, como a trabajadores en la defensa de sus derechos.

Atendemos a empresas y trabajadores de toda Gran Canaria ante el Juzgado de lo Social, la Inspección de Trabajo y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Nuestros servicios laborales

  • Asesoramiento y gestión laboral de empresas: nóminas, seguros sociales y obligaciones laborales.
  • Contratación laboral y tipos de contrato.
  • Despidos y modificación sustancial de condiciones de trabajo.
  • Defensa de trabajadores en accidentes de trabajo e incapacidades.
  • Acoso laboral (mobbing) y discriminación.
  • Negociación colectiva y convenios de empresa.
  • Defensa en inspecciones de trabajo y litigios laborales.
  • Auditorías laborales y planes de igualdad.
  • Prevención de riesgos laborales.

Confianza y especialización en el ámbito laboral

  • Defensa integral del empresario y del trabajador, según el caso.
  • Experiencia en negociación y resolución de conflictos laborales.
  • Actualización constante ante los continuos cambios normativos en materia laboral.
  • Asesoramiento preventivo para evitar conflictos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto plazo tengo para reclamar contra un despido?

El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido, y es de caducidad: no se interrumpe salvo por la presentación de la papeleta de conciliación. Si sospecha que su despido es improcedente o nulo, consulte de inmediato — cada día cuenta.

¿Qué indemnización corresponde por despido improcedente?

Con carácter general, 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades para el tiempo trabajado desde febrero de 2012; los períodos anteriores se calculan a 45 días por año con sus propios límites. El cálculo correcto del salario regulador (incluyendo variables y pagas) marca la diferencia.

He tenido un accidente de trabajo, ¿qué derechos tengo?

Además de la asistencia sanitaria y la prestación por incapacidad temporal, puede tener derecho a un recargo de prestaciones (del 30 % al 50 %) si hubo infracción de medidas de seguridad, y a una indemnización adicional por daños y perjuicios. Es clave documentar el accidente desde el primer momento.

¿Mi empresa está obligada a tener plan de igualdad?

Sí, si tiene 50 o más personas en plantilla. El plan debe negociarse con la representación legal de los trabajadores, registrarse oficialmente y revisarse periódicamente. Su ausencia es sancionable y puede excluir a la empresa de contratos públicos.

Contacte con nuestros expertos laboralistas

La primera valoración de su asunto es confidencial. Hable con nuestros expertos y dé el primer paso hacia la tranquilidad y el éxito.

Llámenos: 928 330 678 Escríbanos