Cuando el conflicto laboral llega a la papeleta de conciliación o al Juzgado de lo Social, asumimos la dirección letrada con el conocimiento de quien gestiona relaciones laborales a diario: el complemento procesal de la asesoría laboral de Cratias Asesores.
Actuaciones habituales
- Impugnación de despidos —improcedencia y nulidad— y defensa de la empresa.
- Reclamaciones de cantidad: salarios, horas extra y liquidaciones.
- Incapacidades permanentes y accidentes de trabajo.
- Modificaciones sustanciales, movilidad y conflictos colectivos.
- Sanciones de la Inspección de Trabajo.
- Alta dirección y extinciones pactadas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto plazo tengo tras un despido?
Veinte días hábiles desde la fecha de efectos, y es un plazo de caducidad. La papeleta de conciliación lo suspende. Consulte de inmediato: el cálculo del salario regulador y la elección de la acción correcta se hacen antes de ese límite.
¿Qué indemnización corresponde por despido improcedente?
Treinta y tres días de salario por año trabajado, con un máximo de veinticuatro mensualidades, desde febrero de 2012; y cuarenta y cinco días por año para el tiempo anterior, con límites transitorios. Incluir variables, pagas y beneficios en el salario regulador puede cambiar sustancialmente la cifra.
¿Pueden denegarme la incapacidad permanente y qué hago?
La resolución del INSS se impugna mediante reclamación previa en treinta días y, después, demanda ante el Juzgado de lo Social. La prueba médica y pericial preparada a tiempo es determinante.