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Abogado contencioso-administrativo en Las Palmas de Gran Canaria

Frente a la Administración, con método y sin complejos.

Ayuntamientos, Cabildo, Comunidad Autónoma, Estado: cuando la Administración se excede o no responde, el ciudadano y la empresa tienen herramientas para defenderse. Llevamos el procedimiento completo: alegaciones, recursos de reposición y alzada, y demanda ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas y el TSJ de Canarias.

Actuaciones habituales

  • Recursos contra sanciones administrativas de todo tipo.
  • Responsabilidad patrimonial de la Administración (daños por funcionamiento de los servicios públicos).
  • Reclamaciones económico-administrativas y recursos en materia tributaria.
  • Licencias y disciplina urbanística.
  • Contratación pública: ofertas, recursos especiales y ejecución de contratos.
  • Inactividad y silencio administrativo: obligar a la Administración a resolver.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto plazo tengo para recurrir una resolución administrativa?

Con carácter general, un mes para los recursos administrativos (reposición o alzada) y dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa desde la notificación. Son plazos de caducidad: pasado el plazo, la resolución deviene firme.

La Administración no contesta mi solicitud, ¿qué puedo hacer?

El silencio administrativo no le deja sin defensa: según el procedimiento, el silencio será estimatorio o desestimatorio, y en ambos casos se puede exigir una resolución expresa o impugnar directamente. La inactividad también es recurrible.

¿Merece la pena recurrir una sanción?

Muchas sanciones se anulan por defectos de procedimiento, falta de prueba de cargo o incorrecta graduación. Antes de pagar con descuento —lo que supone renunciar a recurrir— conviene una valoración técnica del expediente.

Revisemos su expediente administrativo

La primera valoración de su asunto es confidencial y sin compromiso.

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