Abogado contencioso-administrativo en Las Palmas de Gran Canaria
Frente a la Administración, con método y sin complejos.
Ayuntamientos, Cabildo, Comunidad Autónoma, Estado: cuando la Administración se excede o no responde, el ciudadano y la empresa tienen herramientas para defenderse. Llevamos el procedimiento completo: alegaciones, recursos de reposición y alzada, y demanda ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas y el TSJ de Canarias.
Actuaciones habituales
- Recursos contra sanciones administrativas de todo tipo.
- Responsabilidad patrimonial de la Administración (daños por funcionamiento de los servicios públicos).
- Reclamaciones económico-administrativas y recursos en materia tributaria.
- Licencias y disciplina urbanística.
- Contratación pública: ofertas, recursos especiales y ejecución de contratos.
- Inactividad y silencio administrativo: obligar a la Administración a resolver.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto plazo tengo para recurrir una resolución administrativa?
Con carácter general, un mes para los recursos administrativos (reposición o alzada) y dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa desde la notificación. Son plazos de caducidad: pasado el plazo, la resolución deviene firme.
La Administración no contesta mi solicitud, ¿qué puedo hacer?
El silencio administrativo no le deja sin defensa: según el procedimiento, el silencio será estimatorio o desestimatorio, y en ambos casos se puede exigir una resolución expresa o impugnar directamente. La inactividad también es recurrible.
¿Merece la pena recurrir una sanción?
Muchas sanciones se anulan por defectos de procedimiento, falta de prueba de cargo o incorrecta graduación. Antes de pagar con descuento —lo que supone renunciar a recurrir— conviene una valoración técnica del expediente.
Revisemos su expediente administrativo
La primera valoración de su asunto es confidencial y sin compromiso.